Subsidios para mejoramiento de vivienda para familias ubicadas en el área urbana y rural del municipio de Piedecuesta
La Alcaldía de Piedecuesta informa a sus habitantes que se encuentra abierta la convocatoria para poder acceder al subsidio para mejoramiento de vivienda rural y urbana, en el que las familias que cumplan con los requisitos y deseen realizar mejoras locativas en sus viviendas podrán acceder de manera gratuita a la postulación para ser beneficiarios de esta convocatoria.
La convocatoria estará abierta hasta el próximo viernes 26 de abril, en este plazo los ciudadanos podrán solicitar, diligenciar y entregar el formulario de inscripción en la Secretaría de Infraestructura en la carrera 15 # 3AN - 10 Centro Comercial Delacuesta – Sótano 1 o descargarlo a través de nuestra página web https://www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co/
Estos son los requisitos para poder postularse:
- Ser Nacional Colombiano. Identificación:
- Adultos: Cédula de Ciudadanía (Ampliada al 150%)
- Menores: Tarjeta de identidad y/o Registro Civil de Nacimiento (Ampliada al 150%).
- Ser Propietario o Poseedor regular (por un período de cinco años previos a la inscripción de la presente convocatoria) de una vivienda que habite y que presente carencias o deficiencias que dan lugar a su mejoramiento, ubicada en el área rural y urbana, en un barrio legalizado del municipio de Piedecuesta y apto para la localización de vivienda según el PBOT vigente, y que la misma cuente con la disponibilidad de agua, acueducto y energía.
Para la presente convocatoria se seleccionarán aquellas viviendas que se encuentren en las siguientes categorías de intervención:
CATEGORÍA |
DESCRIPCIÓN |
I |
Viviendas cuya intervención no es estructural y requiere mejoras locativas. Estas intervenciones no requieren licenciamiento. |
II |
Viviendas que requieran una intervención estructural y mejoras locativas, estas últimas pueden desarrollarse sin necesidad de efectuar previamente la intervención estructural. Por consiguiente, las intervenciones no requieren licenciamiento |
NOTA: Se entenderán como viviendas: casas y apartamentos
- Estar dentro de los siguientes grupos/subgrupos del SISBEN IV.
SISBEN IV |
GRUPO/SUBGRUPO |
A (A1-A5) |
B (B1-B7) |
C (C1-C18) |
- La ficha técnica del SISBEN debe corresponder al municipio de Piedecuesta.
- NOTA: El hogar interesado en inscribirse deberá contar con SISBEN. En caso de no tener SISBEN el hogar podrá inscribirse, pero deberá aportar el respectivo Certificado del Registro de Población Victima de la UARIV y su vez en el criterio de calificación relacionado con este concepto, obtendrá cero (0) puntos.
- Los hogares cuyas viviendas se hayan visto afectadas por desastres naturales, calamidad pública o emergencia, deberán estar inscritos en los censos oficiales o Registro Único de Damnificados respectivo.
- No haber sido beneficiario de un subsidio de vivienda, exceptuando los casos expresamente establecidos en la normatividad vigente.
- Ningún integrante del hogar postulante puede formar parte de más de un núcleo familiar postulado en esta misma convocatoria.
- No ser propietario o poseedor regular de una vivienda en el territorio nacional diferente a la postulada, salvo las excepciones establecidas en la ley.
- La vivienda no podrá estar ubicada en zona de alto riesgo no mitigable ni en zona de ronda hídrica o de protección de los recursos naturales.
- La vivienda no podrá estar ubicada en zonas de reserva de obra pública o de infraestructura básica del nivel nacional, regional o municipal.
- Podrán inscribirse copropietarios o comuneros siempre y cuando se evidencie que uno de los titulares de la vivienda hace parte del núcleo familiar del hogar postulante, de lo contrario será objeto de rechazo a la postulación.
PARA POSTULARSE EL JEFE DEL HOGAR DEBERÁ HACER LLEGAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1. FORMULARIO DE INSCRIPCION AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA URBANA Y RURAL MUNICIPAL – SFVUM o SFVRM diligenciado y firmado, al cual deberá anexar obligatoriamente los siguientes documentos:
- Copia de la Cédula de Ciudadanía ampliada al 150% de todos los mayores de edad que integren el hogar.
- Copia de la Tarjeta de Identidad o Registro Civil de Nacimiento de todos los menores de edad que integren el hogar (si los hay).
- Registro de Población Víctima de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - UARIV y/o certificadas en la plataforma VIVANTO.
2. ACREDITACIÓN DE LA VIVIENDA: El hogar que se postule debe demostrar que es propietario o poseedor regular de la vivienda dónde se le va a aplicar el subsidio, para lo cual, deberá allegar los documentos que se enuncian a continuación, según sea su caso, es decir:
- SI EL HOGAR ES POSEEDOR DE LA VIVIENDA: La posesión del bien inmueble de manera pacífica e ininterrumpida por un lapso no menor a cinco (5) años previos a la inscripción en la convocatoria, con el ánimo de señor y dueño. Dicha condición deberá ser acreditada de la siguiente manera:
- Certificación expedida por la autoridad municipal competente o declaración de sana posesión debidamente autenticada en notaría.
- Declaración de sana posesión, la cual deberá estar suscrita por el declarante, el presidente de la Junta de Acción Comunal a la que pertenece y dos (2) testigos colindantes, dicho formato será suministrado con el formulario de inscripción.
- Documento que soporte la posesión regular por un período de 5 años previos a la fecha de inscripción en la presente convocatoria. (Compraventa y Escritura Pública).
- Certificado de Libertad y Tradición con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de inscripción en la convocatoria.
Sin estos documentos, no quedará acreditada la posesión y el hogar será rechazado.
- SI EL HOGAR TIENE LA PROPIEDAD DE LA VIVIENDA: Si este es el caso del hogar postulante deberá allegar:
- Certificado de Libertad y Tradición no mayor a 30 días de expedición a la fecha de inscripción a la convocatoria, libre de limitaciones al dominio, condiciones resolutorias, embargos y gravámenes.
- SI EL HOGAR FUE OBJETO DE ADJUDICACIÓN DEL PREDIO O VIVIENDA: Predio adjudicado por el INCORA, el INCODER o la Agencia Nacional de Tierras. Si el predio fue adjudicado al titular mediante acto administrativo expedido por el INCORA, el INCODER o la Agencia Nacional de Tierras y registrado en la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos correspondiente, deberá anexar:
a) El acto administrativo de adjudicación y en el registro del Predio del Hogar Postulante, adjuntar el Certificado de Libertad y Tradición no mayor a 30 días.
b) Si el mencionado acto administrativo de adjudicación no fue registrado en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, deberá anexarse la resolución de adjudicación y en el registro del Predio del Hogar Postulante, Adjuntar La Declaración De Sana Posesión. En los casos en que el propietario o sano poseedor de la vivienda sea una persona diferente al postulante, pero demuestren que conforman el mismo núcleo familiar y habitan en la vivienda objeto de postulación, este hogar quedará habilitado para participar en la convocatoria.
- Para los hogares afectados por desastre natural, calamidad pública o emergencia, bastará con que se indique en el campo correspondiente en el Formulario de Inscripción esta condición. El municipio internamente verificará dicha condición.
- Recibo de impuesto predial.
- Copia del último recibo de servicio público de acueducto y/o energía
Los siguientes documentos, UNICAMENTE DEBERAN ADJUNTARSE al formulario de inscripción, EN LOS CASOS EN QUE DADAS LAS CARACTERISTICAS PARTICULARES DE CADA HOGAR, SE PRESENTEN LAS SIGUIENTES CONDICIONES las cuales requerirán ser demostradas a través del documento idóneo que se relaciona a continuación, para posteriormente ser objeto de evaluación y ponderación.
EN CASO DE NO PRESENTAR NINGUNA DE ESTAS CONDICIONES, NO SERA NECESARIO ADJUNTAR NINGUNO DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
1. Declaración escrita de hogar monoparental: se presenta si la familia es formada por al menos un hijo menor de edad y solo cuenta con un progenitor a cargo (padre o madre). En caso de presentarse, se acreditará a través de una declaración escrita. Entiéndase por Hogar Monoparental al proceso de reorganización de las familias después de la separación (sistema de vida, mundo laboral, roles de hijos).
2. Certificación médica o historia clínica de la EPS o de la Junta Regional o Nacional de Calificación de Invalidez donde se certifique la situación de discapacidad si el jefe de hogar o alguno de sus miembros la presenta.
3. Declaración escrita de mujer cabeza de hogar: se presentará, cuando una mujer siendo soltera o casada, ejerce la jefatura femenina de hogar y tiene bajo su cargo, afectiva, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar.
4. Declaración escrita de trabajadoras del sector informal: se presentaría cuando en un hogar exista una mujer de cuya actividad laboral, percibe ingresos al margen del control tributario del estado y de las disposiciones legales en materia laboral.
5. Certificación expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF si se es madre comunitaria.
6. Certificado de la unidad de víctimas del municipio donde se demuestre la condición de víctima del conflicto armado de algún integrante del Hogar con vigencia no superior a 90 días antes de la inscripción.
7. Certificado de pertenencia a Grupos Étnicos expedida por el representante legal de la comunidad legalmente reconocido por el Ministerio del Interior. Se presenta cuando el hogar pertenezca a comunidades indígenas, ROM, negra, afrocolombiana, raizal y palenquera. Para facilidad de los postulantes, en la página web www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co junto al formulario de inscripción, o en la oficina de infraestructura ubicada en el sótano del Centro Comercial Delacuesta. (Carrera 15 No. 3AN-10 Sótano 1), encontrará una guía de formato para acreditar cualquiera de estas tres condiciones si se presentan en su hogar: Hogar Monoparental, Mujer Cabeza de Hogar o trabajadoras del sector informal.
Finalmente, el horario de atención será: de lunes a jueves de 7:00 am a 12: 00 m. y de 1:00 p.m. a 5:00 p.m. y el viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
Formularios:
Fecha de publicación 15/04/2024
Última modificación 24/04/2024