Mediante el decreto 034 de 2.020, el Gobierno Local a través de la Secretaría de Hacienda, anunció importantes alivios tributarios para los contribuyentes de los Impuestos Predial Unificado y de Industria y Comercio, debido a la actual coyuntura del país generada por la pandemia del Coronavirus.
Según informó el titular de la cartera de Hacienda, Milton Sinuco Rueda, con estas decisiones, la Administración Municipal espera aliviar el bolsillo de las familias Piedecuestanas flexibilizando las condiciones de pago para los contribuyentes.
En consecuencia, los plazos fijados para el pago del Predial quedaron establecidos en dos cuotas semestrales sin liquidar intereses moratorios así:
· Para el primer semestre, desde el primer día hábil de enero hasta el último día hábil del mes de mayo del presente año y para el segundo semestre, desde el primer día hábil del mes de julio, al último día hábil de septiembre del presente año.
Agregó Sinuco Rueda que también se prorrogarán los términos establecidos en materia tributaria para ser beneficiado del incentivo por pronto pago, a los contribuyentes que cancelen la totalidad del Predial de esta vigencia en un término de un mes así:
· Los contribuyentes que cancelen el Predial desde el primer día hábil de abril hasta el último día hábil de este mes, tendrán el 5% de descuento.
· Los contribuyentes que cancelen el Predial desde el primer día hábil de mayo hasta el último día hábil de este mes, tendrán un 3% de descuento.
En cuanto a los alivios que recibirán los contribuyentes para el pago del Impuesto de Industria y Comercio correspondiente al año 2.019, el Secretario de Hacienda de Piedecuesta informó que los contribuyentes que cancelen este gravamen hasta el último día hábil del mes de abril de 2.020, tendrán el 5% de descuento. Aclaró también que la declaración anual privada de este impuesto podrá ser presentada en los formularios oficiales hasta el último día hábil de abril de la presente vigencia.
Este paquete de alivios tributarios fueron determinados por la Alcaldía de Piedecuesta, teniendo en cuenta que las finanzas de muchos contribuyentes se encuentran en vilo por todas las contingencias presentadas a raíz de la propagación del COVID19 y el confinamiento ordenado por el Estado.
El decreto que contempla en detalle estas medidas de flexibilización tributaria adoptadas por el Gobierno Local podrá ser consultado en la página web de la administración: www.alcaldiadepiedecuesta.gov.co.
Oficina de Prensa y Comunicaciones
Alcaldía de Piedecuesta