Con el propósito de evitar el contagio de la Covid19 y acatar lo dispuesto por el Gobierno Nacional a través del Decreto 593 de 2020, la administración dio a conocer la ruta que deben seguir las empresas para retomar sus actividades en el Decreto 041 del 26 de abril de 2020.
Para ejercer el control de los sectores que reinician las actividades, la Cámara de Comercio de Bucaramanga, dispuso una herramienta tecnológica para el registro las diferentes empresas a través del enlace: Enlace Cámara de Comercio. De igual manera, en Piedecuesta, se deben seguir las indicaciones y registro respectivo, para el caso del sector de la construcción con la Secretaría de Infraestructura y el sector de la manufactura con la Oficina Asesora de Planeación.
Esta es la ruta:
Sector construcción
Las empresas de este renglón económico deben realizar su registro vía electrónica al correo: infraestructura@alcaldiadepiedecuesta.gov.co y suministrar la siguiente información: tipo de empresa, nombre de la empresa, Nit o número de cédula de ciudadanía, ubicación, actividad principal, fechas de operación, correo de la empresa, teléfonos, horarios y la relación del personal de planta o contratistas y turnos de trabajo respectivos.
Asimismo, deben acatar en sus sitios de trabajo las medidas de distanciamiento, limpieza, desinfección y bioseguridad, establecidas por el Gobierno Nacional para la prevención de la transmisión de la covid19 (Resolución 666 del 24 de abril de 2020, del Ministerio de Salud). Cabe señalar que una vez se cumpla esta actividad, las Secretaría de Salud, Interior e Infraestructura verificarán el cumplimiento de estas normas.
Sector manufactura
Las empresas de esta industria deben realizar su registro vía electrónica al correo: planeacion@alcaldiadepiedecuesta.gov.co y suministrar la siguiente información: tipo de empresa, nombre de la empresa, Nit o número de cédula de ciudadanía, ubicación, actividad principal, fechas de operación, correo de la empresa, teléfonos, horarios y la relación del personal de planta o contratistas y turnos de trabajo respectivos.
A la par, las empresas de los subsectores de manufactura que sean autorizadas gradualmente, deberán cumplir las medidas de distanciamiento, limpieza, desinfección y bioseguridad, establecidas por el Gobierno Nacional, para la prevención de la transmisión de la covid19 (Resolución 666 del 24 de abril de 2020, del Ministerio de Salud).
A continuación listamos los subsectores de ésta área que tienen la posibilidad de ser habilitados para retomar actividades gradualmente:
1. Fabricación de productos textiles
2. Confección de prendas de vestir
3. Curtido y recurtido de cueros, fabricación de calzado, fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares y fabricación de artículos de talabartería u guarnicionería: adobo y teñido de pieles.
4. Transformación de la madera y fabricación de productos de madera y de corcho, excepto muebles, fabricación de artículos de cestería y espartería.
5. Fabricación de papel, cartón y productos de papel y cartón.
6. Fabricación de sustancias y productos químicos.
7. Fabricación de productos elaborados de metal.
8. Fabricación de maquinaria y equipo, aparatos y equipos electrónicos.
Movilidad segura
En esta fase gradual de reapertura, se tendrá especial cuidado con la movilidad de los habitantes del municipio, continuando con las medidas de aislamiento y distanciamiento social.
Los empleados que estén autorizados para trabajar, sólo podrán desplazarse entre su casa, el trabajo y viceversa. A su vez, se realizarán controles en los sistemas de transporte masivo y colectivo para verificar que las personas que allí se movilicen hagan parte de las excepciones de los decretos municipales o nacionales.
La Policía Metropolitana de Bucaramanga, contará con acceso a la plataforma tecnológica, para determinar que quienes estén circulando cuenten con la autorización para hacerlo.
De otra parte, el tapabocas (Nasobucal) será de uso obligatorio en el espacio público, al interior de las empresas y en los sistemas de transporte público.
Casos positivos
Los proyectos de construcción habilitados, deben contar con el protocolo de bioseguridad, promoción y prevención del Coronavirus en físico en la obra y la copia que se envió al correo plancovidconstruccion@minvivienda.gov.co.
En caso de presentar casos positivos del virus en empresas autorizadas del sector de construcción y manufactura, se establecerán los cercos epidemiológicos de acuerdo con lo definido por el programa del SIVIGILA.
Las empresas que no se registren y no cumplan con los protocolos de movilidad y bioseguridad NO PODRÁN reiniciar sus actividades.
Así las cosas, reiteramos la importancia de cumplir estos protocolos por el bienestar de todos. Recordemos que prevenir el Coronavirus está en nuestras manos.
Oficina de Prensa y Comunicaciones
Alcaldía de Piedecuesta